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1. PRINCIPIO DE BENEFICIO DE AUDITADO El Consultor certificado por PROYECTOPYME® deberá conseguir, en la medida de lo posible, la máxima seguridad y eficiencia del sistema informático de la empresa auditada. Comprobando todos sus equipos informáticos, con soluciones avanzadas de seguridad, que limpien los sistemas infectados. 2. PRINCIPIO DE CALIDAD
El Consultor certificado por PROYECTOPYME®, deberá prestar sus servicios con todo su conocimiento, utilizando todos los conocimientos incorporados en el Programa de Formación de Alto Nivel con el que se le ha certificado. El Consultor valorará siempre las posibilidades económicas de cada cliente, y las tecnologías de la información disponibles en cada momento para ofrecer la solución de mayor calidad para cada caso. 3. PRINCIPIO DE CAPACIDAD
Todos nuestros Consultores PROYECTOPYME®, han recibido una formación de alto nivel para ser capacitados en materia de Protección de Datos y Seguridad Informática. Continuamente estamos innovando y formando a nuestra Red, en todos los avances tecnológicos que afectan a la seguridad informática de nuestros clientes. 4. PRINCIPIO DE CAUTELA El Consultor certificado por PROYECTOPYME®, evitará el exceso de confianza en sus recomendaciones, de tal forma, que puedan inducir a una interpretación errónea por parte del cliente. PROYECTOPYME® es garantía de seriedad y transparencia.
5. PRINCIPIO DE COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
El comportamiento de los Consultores certificados por PROYECTOPYME® ante terceras personas será conforme a las normas de cortesía , respeto y máxima profesionalidad. 6. PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN EN EL TRABAJO El Consultor certificado por PROYECTOPYME®, evitará el exceso indebido de trabajo que supere sus posibilidades de concentración, juicio y correcta atención a los clientes. 7. PRINCIPIO DE CONFIANZA
Todos nuestros clientes y Partners son personas accesibles y cordiales con las que hemos conseguido crear una marca que transmite, confianza, seriedad y cordialidad. 8. PRINCIPIO DE CRITERIO PROPIO
Actuar con criterio propio y respetar la Metodología PROYECTOPYME® en todos los proyectos que se realicen. El Consultor certificado por PROYECTOPYME® no realizará auditorías a medias aunque el cliente lo solicite. 9. PRINCIPIO DE DISCRECIÓN
Todos nuestros clientes y PymePARTNERs están protegidos por un Contrato de Confidencialidad firmado antes de comenzar cualquier relación contractual, con el fin de garantizar la máxima confidencialidad. 10. PRINCIPIO DE ECONOMÍA
Ayudar al auditado a solucionar sus problemas de Protección de Datos y Seguridad Informática, de la forma más económica. 11. PRINCIPIO DE FORMACIÓN CONTINUA Formación continua con los mejores especialistas en la materia. Permanentes acuerdos de Formación con las entidades de mayor prestigio del mercado, como por ejemplo, la Asociación Española de Comercio Electrónico. 12. PRINCIPIO DE FORTALECIMIENTO Gracias a la incorporación a nuestra Red de más de 175 profesionales del Sector, conseguimos el enriquecimiento mutuo en materia de Protección de Datos, consiguiendo estar a la vanguardia del sector. 13. PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA
Criterio propio. Independencia en su trabajo. 14. PRINCIPIO DE INFORMACIÓN SUFICIENTE
Obligación por parte del auditor a entregar al cliente la información de forma detallada, clara, precisa e inteligible en los temas relacionados o referentes a la auditoría. 15. PRINCIPIO DE INTEGRIDAD MORAL
Ligado inherentemente a la dignidad de la persona, obliga al auditor a ser honrado, leal y diligente en el desarrollo de su misión, ajustándose a las normas morales, de justicia y probidad que comparte la sociedad. 16. PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Evitar usar su conocimiento para facilitar a los auditados o a terceros personas la contravención de la legalidad vigente. 17. PRINCIPIO DE LIBRE COMPETENCIA Evitar las prácticas que impidan, a otros, el ejercicio libre de la profesión. 18. PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN
Evitar cualquier condicionante, en su actuación previa, durante y posterior a la auditoría, de situaciones discriminatorias de cualquier tipo, ejerciendo su labor profesional sin perjuicios (empresas, personas, etc). 19. PRINCIPIO DE NO INJERENCIA
Respetar la labor de otros auditores, no intervenir en ellas, evitar hacer comentarios sobre su capacidad, o profesionalidad para desarrollar la actividad. 20. PRINCIPIO DE PRECISIÓN Relacionado con el principio de calidad, exige del auditor la no conclusión de su labor hasta no tener el convencimiento o las evidencias suficientes que avalen su opinión y trabajo de auditoría. 21. PRINCIPIO DE PUBLICIDAD ADECUADA
La oferta y promoción de los servicios de auditoría deberán en todo momento ajustarse a las características, condiciones y finalidad perseguidas, siendo contraria a la ética profesional, la publicidad engañosa. 22. PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
El auditor asume la responsabilidad, como comportamiento profesional, de lo que dice, hace, o recomienda. 23. PRINCIPIO DE SECRETO PROFESIONAL
Confidencia y confianza en las relaciones entre auditado y auditor. Salvo imperativo legal. 24. PRINCIPIO DE VERACIDAD Comunicación con el auditado basado en la veracidad, secreto profesional, corrección y respeto.
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